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Ley de Organización y Funciones del Minedu fortalece a FONDEP como fondo

Vía Ley Nº 31224, el ejecutivo promulgó este sábado 19 de junio la Ley de Organización y Funciones (LOF) del Ministerio de Educación, que tiene por finalidad la modernización y el reordenamiento estructural de esta entidad pública. Recordemos que esta ley fue aprobada por el pleno del Congreso el pasado 31 de mayo, a partir de un proyecto propuesto por el ejecutivo.

Como indicara el ministro Ricardo Cuenca, esta LOF del Minedu, constituye un hito histórico para ordenar la educación,”los dos viceministerios fortalecerán la rectoría del sector para asegurar la calidad del servicio; es una gran oportunidad luego de casi 30 años”. Informó que los gobiernos regionales, los municipios provinciales y locales, así como las instancias de gestión educativas también necesitan y serán beneficiados con esta LOF del Minedu, porque permitirá realizar una mejor coordinación y un trabajo conjunto con el Poder Ejecutivo.

En torno al Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP), la LOF incluye modificaciones a la octava disposición complementaria y transitoria de la Ley 28044, Ley General de Educación, que ahora indica: “Octava.- Créase el Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP). Está constituido por los recursos que le asignen el Tesoro Público, ingresos propios, donaciones, transferencias y reembolsos que dicho fondo genere. El FONDEP es intangible”.

También se modifica el artículo 2 de la Ley 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP) y se redacta de la siguiente manera: “Artículo 2. Naturaleza. El FONDEP es de ámbito nacional y opera de manera descentralizada, tiene autonomía técnica, administrativa y financiera”. Con esta ley se define la naturaleza de Fondo y se afirma el carácter de intangibilidad.

De esta manera, la LOF se propone fortalecer el FONDEP y afirmar su posicionamiento estratégico de la innovación educativa en el sector.

Acceda a la ley aquí.